{"id":462,"date":"2022-09-20T19:26:50","date_gmt":"2022-09-20T17:26:50","guid":{"rendered":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/?p=462"},"modified":"2022-09-20T19:28:21","modified_gmt":"2022-09-20T17:28:21","slug":"el-consejo-navarro-de-la-cultura-y-las-artes","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/2022\/09\/20\/el-consejo-navarro-de-la-cultura-y-las-artes\/","title":{"rendered":"El Consejo Navarro de la Cultura y las Artes"},"content":{"rendered":"\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Carlos Padr\u00f3s Reig<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Catedr\u00e1tico (Ac.) de Derecho Administrativo y Derecho de la Uni\u00f3n Europea<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><strong>Universidad Aut\u00f3noma de Barcelona<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>carlos.padros@uab.cat<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 35 de la Ley Foral 1\/2019, de 15 de enero, de Derechos Culturales de Navarra cre\u00f3 el Consejo Navarro de la Cultura y las Artes como \u00f3rgano asesor del gobierno en materia cultural, en sustituci\u00f3n de su predecesor, Consejo Navarro de Cultura, regulado en el Decreto Foral 68\/2013, de 13 de noviembre que ahora se deroga.<\/p>\n\n\n\n<p>Seg\u00fan el literal de la Ley (T\u00cdTULO V: EL CONSEJO NAVARRO DE LA CULTURA Y LAS ARTES. Art\u00edculo 35. El Consejo Navarro de la Cultura y las Artes.):<\/p>\n\n\n\n<p><em>1. El Consejo Navarro de la Cultura y las Artes es el \u00f3rgano consultivo y asesor de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral en materia de cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>2. El Consejo Navarro de la Cultura y las Artes se adscribe al departamento competente en materia de cultura, que le proporcionar\u00e1 la asistencia y medios necesarios para su adecuado funcionamiento.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>3. Son funciones del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes:<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>a) Asesorar a la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral en materia de cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>b) Colaborar con el departamento competente en materia de cultura en la definici\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de sus pol\u00edticas culturales en los \u00e1mbitos de las artes, el patrimonio y la cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>c) Generar debate y conocimiento sobre las artes, el patrimonio, la cultura y el territorio.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>d) Elaborar estudios, emitir informes y formular recomendaciones en materia de cultura y pol\u00edtica cultural a iniciativa propia o a solicitud de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>e) Seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de Cultura de Navarra y de los Planes de Acci\u00f3n del departamento competente en materia de cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>f) Proponer al Gobierno de Navarra la concesi\u00f3n del Premio Pr\u00edncipe de Viana de la Cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>g) Recibir informaci\u00f3n sobre el proceso de elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuestos del departamento competente en materia de cultura y sobre su ejecuci\u00f3n.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>h) Formular las iniciativas y proponer las medidas que estime oportunas en orden a la protecci\u00f3n y acrecentamiento del patrimonio cultural.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>i) Ejercer las dem\u00e1s funciones que le atribuya el ordenamiento jur\u00eddico y las que le encomiende la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>4. El Consejo Navarro de la Cultura y las Artes estar\u00e1 compuesto por representantes de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra, de las entidades locales de Navarra, de las entidades culturales, del Consejo de la Juventud de Navarra, y por personas de reconocido prestigio, conocimiento especializado o acreditada presencia en el \u00e1mbito de las funciones que corresponden al Consejo. La Presidencia del Consejo corresponder\u00e1 a la persona titular del departamento competente en materia de cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>En la composici\u00f3n del Consejo se garantizar\u00e1 la paridad de g\u00e9nero.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>5. Los vocales percibir\u00e1n por el ejercicio de sus funciones las compensaciones que se determinen reglamentariamente.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>6. La composici\u00f3n, organizaci\u00f3n y funcionamiento del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes se fijar\u00e1n reglamentariamente.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Destaca como el Consejo no se configura como una verdadera administraci\u00f3n p\u00fablica activa en materia cultural con poderes reguladores sino como una administraci\u00f3n consultiva de auxilio y consulta para la Consejer\u00eda correspondiente. Navarra no ha optado con ello por una verdadera independencia y autonom\u00eda de los \u00f3rganos administrativos encargados de dise\u00f1ar y ejecutar las pol\u00edticas culturales, en consonancia con lo que es la t\u00f3nica general en Espa\u00f1a. <em>(Para un estudio m\u00e1s general del tema nos remitimos a nuestros anteriores trabajos: PADROS REIG, C.; FERNANDEZ, A.; y PIAU, K. \u201cLos Consejos de Cultura y Artes: entre innovaci\u00f3n administrativa y democracia participativa.\u201d Centre d\u2019Estudis i Recerca d\u2019Humanitats. Documentos de Trabajo.&nbsp; Universitat Aut\u00f2noma de Barcelona. 2008;&nbsp; PADROS REIG, C. \u201cLos modelos auton\u00f3micos\u201d en el libro colectivo Cien A\u00f1os de Administraci\u00f3n de las Bellas Artes. Centenario de la Direcci\u00f3n General de Bellas Artes. Madrid, 2017 ISBN 978-84-8181-667-9. pp. 285-301.)<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n destaca que se hayan necesitado casi dos a\u00f1os (de enero 2019 a diciembre 2020) para la aprobaci\u00f3n de un Reglamento que, si bien es cierto que determina la composici\u00f3n efectiva del Consejo, no resulta demasiado innovador. En otras palabras, la aprobaci\u00f3n al inicio de 2019 por parte del legislador de la Ley Foral, se hubiera podido acompasar con la r\u00e1pida aprobaci\u00f3n de un Reglamento de desarrollo que fijara los elementos que la Ley dejaba abiertos al desarrollo reglamentario.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Un ejemplo de lo anterior puede constatarse en la regulaci\u00f3n de las funciones del Consejo que efect\u00faa el legislador y que el Reglamento se limita a transcribir. Para trasladar el mismo redactado de un instrumento normativo (ley) a otro (Decreto), parece que no se necesita tanta dilaci\u00f3n. Las \u00fanicas novedades que surgen de la comparaci\u00f3n del art\u00edculo 35 de la Ley 1\/2019 con el art\u00edculo 5 del Decreto Foral son: (i) donde la ley establece que el Consejo tendr\u00e1 funciones de seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de Cultura de Navarra y de los Planes de Acci\u00f3n del Departamento, el Reglamento lo diluye en un mero \u201crecibir informaci\u00f3n y asesorar en la elaboraci\u00f3n\u201d. De la simple lectura de ambos preceptos resulta evidente que no es la mismo el seguimiento y la evaluaci\u00f3n que la recepci\u00f3n de la informaci\u00f3n sin m\u00e1s. En este sentido, el Decreto foral podr\u00eda no respetar el contenido \u00faltimo de la disposici\u00f3n legal. (ii) aparece en el Decreto la emisi\u00f3n de un informe preceptivo (aunque ante el silencio de la norma parece que no vinculante) en relaci\u00f3n a todo nuevo equipamiento cultural que promueva el Departamento de cultura).<\/p>\n\n\n\n<p>Con estas dos excepciones, el \u00e1mbito funcional del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes no sufre variaci\u00f3n alguna y por ello el Decreto Foral no ofrece ninguna novedad.<\/p>\n\n\n\n<p>Cuesti\u00f3n distinta es la relativa a la composici\u00f3n del Consejo. Mientras que el legislador daba unas indicaciones generales sobre los estamentos que deb\u00edan tener representaci\u00f3n en el Consejo (Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra; &nbsp;entidades locales de Navarra; entidades culturales; Consejo de la Juventud de Navarra, y personas de reconocido prestigio del mundo de la Cultura), el Decreto ofrece una mayor concreci\u00f3n. La composici\u00f3n efectiva del \u00f3rgano consultivo y asesor es la siguiente:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td><strong>Representante<\/strong><\/td><td><strong>n\u00famero<\/strong><\/td><\/tr><tr><td>Consejer\u00eda de Cultura (ostenta la presidencia)<\/td><td>1<\/td><\/tr><tr><td>Direcci\u00f3n General de Cultura<\/td><td>1<\/td><\/tr><tr><td>Entidades locales (t\u00e9cnicos de servicios culturales)<\/td><td>2<\/td><\/tr><tr><td>Consejo de la Juventud<\/td><td>1<\/td><\/tr><tr><td>Personas de reconocido prestigio del \u00e1mbito cultural<\/td><td>12<\/td><\/tr><tr><td>Entidades y asociaciones profesionales registradas<\/td><td>6<\/td><\/tr><tr><td>TOTAL<\/td><td>23<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p>El art\u00edculo 7 del Decreto regula el modo de elecci\u00f3n de los representantes profesionales. No as\u00ed en cambio para las personas de reconocido prestigio del \u00e1mbito cultural de los que solo se establece que se nombrar\u00e1n por Orden Foral de la persona titular del departamento, sin m\u00e1s requisito ni procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>El mandato de los miembros del Consejo es coincidente con el de cada legislatura de modo que en cada elecci\u00f3n de gobierno auton\u00f3mico se producir\u00e1 un cese y renovaci\u00f3n del Consejo.&nbsp; El Decreto Foral 86\/2020 regula otras cuestiones: organizaci\u00f3n interna del Consejo (Presidencia, Pleno y Comisiones, Secretar\u00eda), estatuto de los miembros, quorum de constituci\u00f3n, mayor\u00edas para la adopci\u00f3n de acuerdo, etc.). Todo ello constituye la regulaci\u00f3n m\u00e1s o menos m\u00ednima o protot\u00edpica relativa a los \u00f3rganos administrativos colegiados.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, podemos preguntarnos \u00bfQu\u00e9 diferencia hay entre el Consejo Navarro de la Cultura y las Artes (2019) y su predecesor Consejo Navarro de Cultura (2013)?. El an\u00e1lisis admite varias reflexiones: &nbsp;en primer lugar, en cuanto a la composici\u00f3n podemos constatar que no se produce un cambio abrupto. Si el 2013 el Consejo ten\u00eda 22 miembros (Consejero\/a, Director\/a General y 20 vocales, designados por el Consejero competente en materia de cultura, entre personas de reconocido prestigio, de conocimiento especializado, o considerada presencia en el \u00e1mbito de las funciones que se atribuyen al Consejo), ahora se divide este estamento entre personas de reconocido prestigio cultural y asociaciones profesionales, a la vez que se da entrada a representantes de entidades locales y del Consejo Navarro de Juventud.&nbsp; No se puede considerar, sin embargo, que ello suponga ninguna transformaci\u00f3n de la naturaleza del \u00f3rgano. En segundo lugar, en cuanto a las funciones, podemos igualmente constatar una identidad sustancial de funciones que ahora son sin embargo m\u00e1s detalladas y que antes se pod\u00edan englobar en la f\u00f3rmula \u201cCuantas otras facultades le sean encomendadas por la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral\u201d (art. 4. Letra f) del Decreto Foral 68\/2013).&nbsp; Es cierto que aparecen las funciones de informe preceptivo tanto en los proyectos normativos, los planes estrat\u00e9gicos o la implantaci\u00f3n de nuevos equipamientos culturales. La novedad, pues radicar\u00eda en la preceptividad del informe que en 2013 se dejaba a la voluntad del Departamento que pod\u00eda solicitarlos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esquem\u00e1ticamente, puede presentarse un cuadro comparativo de las funciones del Consejo antiguo y el actual:<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td>2013<\/td><td>2020<\/td><\/tr><tr><td>Asesorar a la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral en materia de patrimonio cultural.<\/td><td>Asesorar a la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral en materia de cultura.<\/td><\/tr><tr><td>Prestar la colaboraci\u00f3n que le solicite el Departamento competente en materia de cultura en la definici\u00f3n y ejecuci\u00f3n de su pol\u00edtica en el \u00e1mbito del patrimonio cultural.<\/td><td>Colaborar con el departamento competente en materia de cultura en la definici\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de sus pol\u00edticas culturales en los \u00e1mbitos de la cultura y de las artes.<\/td><\/tr><tr><td>&nbsp;<\/td><td>Generar debate y conocimiento sobre la cultura y las artes en el marco de las pol\u00edticas culturales de la Comunidad Foral de Navarra<\/td><\/tr><tr><td>Elaborar los estudios y emitir los informes que le sean solicitados por el Departamento competente en materia de cultura.<\/td><td>Elaborar estudios, emitir informes y formular recomendaciones en materia de cultura y pol\u00edtica cultural a iniciativa propia o a solicitud de la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral<\/td><\/tr><tr><td>&nbsp;<\/td><td>Recibir informaci\u00f3n y asesorar en la elaboraci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Plan Estrat\u00e9gico de Cultura de Navarra y de los planes sectoriales y transversales del departamento competente en materia de cultura<\/td><\/tr><tr><td>&nbsp;<\/td><td>Informar preceptivamente los proyectos normativos en materia de cultura y las artes, as\u00ed como los planes estrat\u00e9gicos, sectoriales y transversales del departamento competente en materia de cultura<\/td><\/tr><tr><td>&nbsp;<\/td><td>Proponer al Gobierno de Navarra la concesi\u00f3n del Premio Pr\u00edncipe de Viana de la Cultura.<\/td><\/tr><tr><td>&nbsp;<\/td><td>Recibir informaci\u00f3n sobre el proceso de elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuestos del departamento competente en materia de cultura y sobre su ejecuci\u00f3n.<\/td><\/tr><tr><td>Formular las iniciativas y proponer las medidas que estime oportunas en orden a la protecci\u00f3n y acrecentamiento del patrimonio cultural.<\/td><td>Formular las iniciativas y proponer las medidas que estime oportunas en orden a la protecci\u00f3n y acrecentamiento del patrimonio cultural<\/td><\/tr><tr><td>&nbsp;<\/td><td>Informar con car\u00e1cter preceptivo sobre todo nuevo equipamiento cultural que promueva el departamento competente en materia de cultura<\/td><\/tr><tr><td>Las funciones que le atribuyen la Ley Foral 32\/2002, de 19 de noviembre, por la que se regula el Sistema Bibliotecario de Navarra, la Ley Foral 12\/2007, de 4 de abril, de Archivos y Documentos, y la Ley Foral 10\/2009, de 2 de julio, de Museos y Colecciones Museogr\u00e1ficas Permanentes de Navarra, as\u00ed como el resto del ordenamiento jur\u00eddico.<\/td><td>Ejercer las dem\u00e1s funciones que le atribuya el ordenamiento jur\u00eddico y las que le encomiende la Administraci\u00f3n de la Comunidad Foral de Navarra<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p>En tercer lugar, la estructura y contenidos del nuevo Decreto Foral son sospechosamente coincidentes con el antiguo que deroga con lo que puede leg\u00edtimamente pensarse en la escasa necesidad que exist\u00eda de acometer una nueva regulaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>En la regulaci\u00f3n de la Disposici\u00f3n Transitoria Primera de la Ley Foral 1\/2019,&nbsp; relativa al Consejo Navarro de Cultura, se estableci\u00f3 que:<\/p>\n\n\n\n<p><em>1. A partir de la entrada en vigor de esta ley foral el Consejo Navarro de Cultura pasar\u00e1 a denominarse Consejo Navarro de la Cultura y de las Artes.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>2. El Consejo Navarro de la Cultura y de las Artes ejercer\u00e1 las funciones que le encomienda esta ley foral y las que el resto del ordenamiento jur\u00eddico atribuye al Consejo Navarro de Cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>3. Las referencias al Consejo Navarro de Cultura contenidas en el ordenamiento jur\u00eddico se entender\u00e1n realizadas al Consejo Navarro de la Cultura y de las Artes.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>4. A la entrada en vigor de esta ley foral, el Consejo Navarro de la Cultura y de las Artes estar\u00e1 com-puesto por los actuales miembros del Consejo Navarro de Cultura.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p><em>Una vez finalizado el mandato de los actuales miembros, conforme a la normativa vigente reguladora de la composici\u00f3n, organizaci\u00f3n y funcionamiento del Consejo Navarro de Cultura, se proceder\u00e1 a la designaci\u00f3n de los miembros del Consejo Navarro de la Cultura y de las Artes de acuerdo con lo dispuesto en esta ley foral.<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>De lo anterior se desprende que no estamos tampoco ante una modificaci\u00f3n normativa que tuviera como efecto el cese del Consejo anterior y su sustituci\u00f3n por uno nuevo. Aprobada la Ley, los miembros del \u00f3rgano asesor siguieron en su funci\u00f3n hasta el fin del mandato (Las elecciones de 29 de mayo de 2019 dieron paso a la apertura de la X legislatura del Parlamento de Navarra. En agosto de 2019 se constituy\u00f3 el actual gobierno de Navarra presidido por Mar\u00eda Chivite). Es decir, pese a que en Espa\u00f1a tenemos otros lamentables ejemplos de cambios normativos cuya finalidad \u00faltima es la remoci\u00f3n de ciertos puestos administrativos, no es este tampoco el caso.<\/p>\n\n\n\n<p>Al final, el actual Decreto Foral 86\/2020 y su Consejo Navarro de la Cultura y las Artes constituye el natural continuador del Consejo Navarro de Cultura contemplado en el Decreto Foral 68\/2013, siendo su novedad m\u00e1s destacable el mero cambio de nombre. Puede haber pesado en la iniciativa normativa un cierto prurito t\u00e9cnico-jur\u00eddico para evitar tener un reglamento de desarrollo del Consejo de aprobaci\u00f3n anterior (2013) a la propia Ley (2019).&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>M\u00e1s informaci\u00f3n sobre la actualidad \u2013 aunque no incluye, dos meses despu\u00e9s de su aprobaci\u00f3n, la normativa de la reforma que hemos presentado &#8211; del Consejo Navarro de la Cultura y las Artes en <a href=\"http:\/\/www.culturanavarra.es\/es\/consejo-navarro-de-la-cultura-y-las-artes\">http:\/\/www.culturanavarra.es\/es\/consejo-navarro-de-la-cultura-y-las-artes<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Carlos Padr\u00f3s Reig Catedr\u00e1tico (Ac.) de Derecho Administrativo y Derecho de la Uni\u00f3n Europea Universidad Aut\u00f3noma de Barcelona carlos.padros@uab.cat El art\u00edculo 35 de la Ley Foral 1\/2019, de 15 de enero, de Derechos Culturales de Navarra cre\u00f3 el Consejo Navarro de la Cultura y las Artes como \u00f3rgano asesor del gobierno en materia cultural, en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":135,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[15,1],"tags":[],"class_list":["post-462","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-administracion-y-politicas-culturales","category-general"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/462","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/users\/135"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=462"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/462\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":463,"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/462\/revisions\/463"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=462"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=462"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/webs.uab.cat\/derechocultural\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=462"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}