{"id":1165,"date":"2021-07-02T09:14:39","date_gmt":"2021-07-02T07:14:39","guid":{"rendered":"https:\/\/blogs.uab.cat\/dretmercantil\/?p=1165"},"modified":"2021-07-02T09:14:39","modified_gmt":"2021-07-02T07:14:39","slug":"brexit-y-libertad-de-establecimiento-aspectos-fiscales-mercantiles-y-de-extranjeria","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/webs.uab.cat\/dretmercantil\/2021\/07\/02\/brexit-y-libertad-de-establecimiento-aspectos-fiscales-mercantiles-y-de-extranjeria\/","title":{"rendered":"Brexit y libertad de establecimiento. Aspectos fiscales, mercantiles y de extranjer\u00eda"},"content":{"rendered":"<p>El brexit constituye uno de los hitos fundamentales de los inicios del siglo XXI, entre otras razones porque es la primera vez que un Estado miembro abandona la Uni\u00f3n Europea. La ruptura ha sido traum\u00e1tica para las dos partes, tanto por el extenuante proceso, que ha generado crisis pol\u00edticas e institucionales en el Reino Unido, como por el resultado. Es cierto que se han alcanzado dos acuerdos: uno que regula la salida de la Uni\u00f3n Europea de la organizaci\u00f3n internacional, el llamado <a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX:12019W\/TXT(02)&amp;from=ES\">Acuerdo de Retirada<\/a>, y otro que disciplina las relaciones futuras (<a href=\"https:\/\/eur-lex.europa.eu\/legal-content\/ES\/TXT\/PDF\/?uri=CELEX%3A22021A0430%2801%29&amp;from=EN\">Acuerdo de Comercio y Cooperaci\u00f3n<\/a>). Pero el primero necesit\u00f3 dos pr\u00f3rrogas de la permanencia del Reino Unido en la Uni\u00f3n Europea y su Protocolo sobre Irlanda e Irlanda del Norte est\u00e1 generando grandes tensiones en la Isla. En cuanto al segundo, se aprob\u00f3 cuanto faltaba apenas una semana para que acabara el periodo transitorio y su eficacia genera m\u00faltiples dudas. Tuve la oportunidad de explicar estas cuestiones en el art\u00edculo \u201cBrexit: pasado, presente y futuro\u201d, publicado en los <a href=\"https:\/\/e-revistas.uc3m.es\/index.php\/CDT\/article\/view\/5961\"><em>Cuadernos de Derecho Transnacional<\/em>, volumen 13, n\u00famero 1, 2021, p\u00e1ginas 298 a 341<\/a>.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-1166\" src=\"https:\/\/blogs.uab.cat\/dretmercantil\/files\/2021\/07\/Libro-brexit-206x300.jpg\" alt=\"\" width=\"206\" height=\"300\" \/>Sorprendidos\u00a0por el resultado del refer\u00e9ndum de 2016, varios profesores de diversas \u00e1reas de conocimiento de la Facultad de Derecho de la Universidad Aut\u00f3noma de Barcelona solicitamos un proyecto de investigaci\u00f3n para analizar el proceso y las consecuencias de la retirada del Reino Unido de la Uni\u00f3n Europea. Gracias a la financiaci\u00f3n concedida por el Ministerio de Econom\u00eda, Industria y Competitividad (DER2017-88910-P), seguimos las negociaciones y diseccionamos sus resultados, dando cuenta de los principales avances y obst\u00e1culos en el <a href=\"https:\/\/blogs.uab.cat\/litigacioint11\/\">blog<\/a> del proyecto. Redactamos numerosos art\u00edculos en los que plasmamos nuestras investigaciones y celebramos un <a href=\"https:\/\/blogs.uab.cat\/litigacioint11\/2020\/11\/27\/seminario-online-sobre-el-brexit\/\">seminario internacional<\/a> al finalizar el periodo transitorio en el que expusimos una parte de los resultados de nuestro estudio. Acabamos de publicar la mayor parte de las ponencias que se impartieron en \u00e9l, tras haber sido revisadas para incorporar el rico debate que tuvo lugar y las novedades del Acuerdo de Comercio y Cooperaci\u00f3n, en el libro <a href=\"https:\/\/www.atelierlibros.es\/libros\/brexit-y-libertad-de-establecimiento\/9788418244537\/\"><em>Brexit y libertad de establecimiento. Aspectos fiscales, mercantiles y de extranjer\u00eda<\/em>, Atelier, Barcelona, 2021, ISBN: 978-84-18244-53-7<\/a>, objeto de esta entrada.<\/p>\n<p>La obra empieza con la presentaci\u00f3n que realiza la profesora M.\u00aa Dolores Arias Abell\u00e1n, catedr\u00e1tica de Derecho Financiero y Tributario en la Universidad Aut\u00f3noma de Barcelona. En su condici\u00f3n de miembro del equipo de investigaci\u00f3n, explica los antecedentes del proyecto, los principales hitos del mismo, resume los cap\u00edtulos que conforman la obra y expone la metodolog\u00eda empleada. A continuaci\u00f3n Rafael Arenas -uno de los profesores espa\u00f1oles que m\u00e1s y mejor ha escrito sobre el brexit- analiza las negociaciones entre el Reino Unido y la Uni\u00f3n Europea desde la perspectiva brit\u00e1nica. Examina los principales hitos del proceso, como la tensi\u00f3n entre el gobierno y el parlamento brit\u00e1nicos, la posibilidad de retirar la decisi\u00f3n de abandonar la Uni\u00f3n, las pr\u00f3rrogas de la permanencia del Reino Unido en la Uni\u00f3n al no aprobar el Acuerdo de Retirada el Parlamento brit\u00e1nico y la soluci\u00f3n para Irlanda del Norte.<\/p>\n<p>Los cuatro cap\u00edtulos siguientes versan sobre Derecho financiero y tributario. Jos\u00e9 Antonio Fern\u00e1ndez Amor adopta una perspectiva generalista. Preocupado por la situaci\u00f3n fiscal de los brit\u00e1nicos que residen en la Uni\u00f3n Europea, y de los europeos que lo hacen en Reino Unido, estudia las repercusiones tributarias del brexit alrededor del principio de no discriminaci\u00f3n. Primero comenta su significado en el ordenamiento comunitario; a continuaci\u00f3n, c\u00f3mo se ha recogido en el Acuerdo de Comercio y Cooperaci\u00f3n y, por \u00faltimo, su plasmaci\u00f3n en el Tratado contra la Doble Imposici\u00f3n Hispano-Brit\u00e1nico.<\/p>\n<p>Miguel \u00c1ngel S\u00e1nchez Huete se cuestiona sobre el riesgo tributario que el Reino Unido genera para la Uni\u00f3n, dada su importancia econ\u00f3mica y los estrechos v\u00ednculos que tiene con diversos para\u00edsos fiscales. Analiza algunos aspectos del r\u00e9gimen de prevenci\u00f3n del fraude fiscal en la Uni\u00f3n Europea para ver qu\u00e9 medidas podr\u00edan aplicarse a la Albi\u00f3n. \u201cTodo ello con una doble finalidad: de un lado, para evidenciar eventuales carencias y necesidades, tanto en el establecimiento de instrumentos como de mecanismos de aplicaci\u00f3n. Y, de otro lado, para mostrar la necesidad de algunas cautelas o medidas espec\u00edficas con relaci\u00f3n al nuevo Estado tercero que resulta despu\u00e9s del proceso del Brexit\u201d (p\u00e1gina 99).<\/p>\n<p>Buena conocedora de la situaci\u00f3n de Gibraltar, Teresa Pont\u00f3n Aricha diserta sobre el Acuerdo internacional en materia de fiscalidad y protecci\u00f3n de intereses financieros para Gibraltar que han aprobado Espa\u00f1a y el Reino Unido. Afirma que va a tener una gran trascendencia para la determinaci\u00f3n de la residencia fiscal y para la cooperaci\u00f3n administrativa en el mismo tipo de asuntos. La profesora de la Universidad de C\u00e1diz subraya que el Acuerdo comporta la descalificaci\u00f3n de Gibraltar como para\u00edso fiscal. Y estrechamente relacionado con el anterior se halla el cap\u00edtulo de Zuley Fern\u00e1ndez Caballero. Centra su atenci\u00f3n en el r\u00e9gimen fiscal de los trabajadores transfronterizos, que tanta importancia tiene en el caso de Gibraltar. Parte de la premisa de que no es aplicable el Acuerdo para evitar la Doble Imposici\u00f3n entre Espa\u00f1a y el Reino Unido por lo que expone la situaci\u00f3n de los trabajadores espa\u00f1oles y gibraltare\u00f1os.<\/p>\n<p>Las cinco siguientes aportaciones son m\u00e1s heterog\u00e9neas, pero tienen en com\u00fan que profundizan sobre cuestiones particulares que genera la retirada del Reino Unido. Miguel Garde\u00f1es Santiago nos ilustra sobre los derechos de residencia y circulaci\u00f3n de los brit\u00e1nicos que residen en uno de los veintisiete Estados miembros tras finalizar el periodo transitorio o de los europeos que hagan lo mismo en el Reino Unido. Por lo tanto, escruta la Parte Segunda del Acuerdo de Retirada, cuyas normas permiten que esas personas y sus familiares mantengan parcialmente los derechos de que disfrutaban antes del 1 de febrero de 2020.<\/p>\n<p>Jorge Miquel y V\u00e9sela Andreeva ponen el foco en el Derecho de sociedades. El primero adopta una perspectiva general y explica la gran influencia que ha tenido el Reino Unido en las Directivas comunitarias, en los mercados de capitales, especialmente respecto de su pr\u00e1ctica, y en el buen gobierno corporativo. Dada su condici\u00f3n de profesora de Derecho Internacional Privado, la segunda centra su atenci\u00f3n en la movilidad transnacional de las compa\u00f1\u00edas. En particular, se refiere a la transformaci\u00f3n transfronteriza, a los criterios para determinar la <em>lex societatis<\/em> y a la Directiva 2019\/2121.<\/p>\n<p>Continuando con las cuestiones particulares, me ocupo de la defensa de la competencia. Explico c\u00f3mo va a incidir la salida del Reino Unido en los Derechos <em>antitrust<\/em> comunitario y brit\u00e1nico. Tras recordar la situaci\u00f3n existente antes del 1 de febrero de 2020, comento las previsiones del Acuerdo de Retirada y del Acuerdo de Comercio y Cooperaci\u00f3n sobre el objeto de estudio. Despu\u00e9s me refiero a la posible evoluci\u00f3n de las normas de defensa de la competencia y alerto sobre los perjuicios que puede acarrear su alejamiento.<\/p>\n<p>Diana Mar\u00edn Consarnau cierra esta tercera parte. Su aportaci\u00f3n versa sobre los programas de captaci\u00f3n de inversi\u00f3n a cambio de ciudadan\u00eda o residencia; en especial sobre las dudas que genera la aplicaci\u00f3n del instrumento espa\u00f1ol, previsto en la Ley de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalizaci\u00f3n, a ciudadanos brit\u00e1nicos tras el brexit. Destaca la competencia existente entre los programas de los Estados Miembros, la reacci\u00f3n de la Uni\u00f3n Europea y sus perspectivas de futuro.<\/p>\n<p>Federico Fabbrini pone el broche final a la obra con unas reflexiones sobre las consecuencias del brexit para sus partes. El creador del Instituto sobre el brexit de la Universidad de Dubl\u00edn se muestra muy cr\u00edtico con el Reino Unido, pues la salida de la Uni\u00f3n ha generado graves crisis institucionales y sociales en el pa\u00eds, ha repercutido negativamente en su econom\u00eda y ha reducido su atractivo internacional. En cambio, la situaci\u00f3n no parece tan negativa para la Uni\u00f3n Europea, pese a que tambi\u00e9n sufrir\u00e1 consecuencias nocivas. Pero ha sabido mantenerse unida a lo largo de todo el proceso y est\u00e1 aprovechando la ocasi\u00f3n para avanzar en \u00e1mbitos en los que la presencia del Reino Unido imped\u00eda el progreso.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El brexit constituye uno de los hitos fundamentales de los inicios del siglo XXI, entre otras razones porque es la primera vez que un Estado miembro abandona la Uni\u00f3n Europea. 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