Carlos Padrós Reig

Catedrático (Ac.) de Derecho Administrativo y Derecho de la Unión Europea

Universidad Autónoma de Barcelona

carlos.padros@uab.cat

30 abril 2021

El Consell Nacional de la Cultura y les Arts (CONCA) acaba de hacer público un informe económico que analiza y cuantifica el impacto económico de las medidas administrativas de contención de la epidemia COVID-19 sobre el sector cultural. (Documento disponible en https://conca.gencat.cat/web/.content/arxius/publicacions/informe_covid_V7.pdf).

Se trata de un estudio dirigido a poner de manifiesto el enorme impacto que ha sufrido el sector cultural (70% de pérdidas en una situación general de disminución del 11% del PIB).  Los datos sobre el ejercicio 2020 no son completos ni sistematizados pero permiten hacer una estimación aproximada de la dimensión.  Han colaborado en el documento tanto el propio CONCA como el Instituto de las Industrias Culturales como el Departamento de Cultura.

La complejidad de la realidad económica de las distintas manifestaciones culturales hace difícil un cálculo homogéneo. Así, los subsectores que requieren presencialidad para poder llevarse a cabo han sido lógicamente los más perjudicados por las restricciones y confinamientos. Este podría ser el caso de las artes escénicas, la música en vivo o la exhibición cinematográfica. En el lado opuesto, la crisis no ha afectado de una manera tan dramática a  sectores como la música grabada o los videojuegos, donde una parte importante de la facturación se canalizaba ya por medio del consumo digital.

Sin ánimo de sustituir al propio Informe, podemos resumir que:  La diferencia global de ingresos entre 2019 y 2020 es de un – 24% (de 4.475 M/E a 3.387 M/E).  Por sectores:

  • Audiovisual y multimedia, (41% del total). Pérdidas del 15%
  • Edición escrita (libros y prensa) (29 % del total). Pérdidas del 14%
  • Artes escénicas y musicales (7% del total). Pérdidas del 72%
  • Diseño y Fotografia (21 % del total). Pérdidas del 12%

De todo ello puede concluirse que: “Los sectores que requieren presencialidad, concretamente las Artes escénicas y música en vivo o el cine, han sido los más afectados, ya que han sufrido una pérdida global de la facturación del 72% y 73% respectivamente, seguidos del sector de Patrimonio y museos , con un 2% del peso dentro del sector y unas pérdidas del 35%.

Otros sectores como la edición y el comercio al por menor de libros debido a la venta directa han sufrido unas pérdidas del 14%; además, es importante tener en cuenta que este es el segundo dominio con más peso dentro del sector cultural (un 29%). En cuanto a las Actividades de diseño especializado (de moda, gráfico, industrial, de decoración …), fotografía y creación artística y literaria (escultores, dibujantes, grabadores …), que tienen un peso dentro del sector del 21 %, se han estimado unas pérdidas del 12%.

Ahora bien, Audiovisual y multimedia -dominio cultural que contiene más peso dentro del sector cultural (41%) – ha sido uno de los menos perjudicados por el embate de la crisis sanitaria, ya que hay que tener en cuenta que engloba sectores como la música grabada o los videojuegos, la facturación se ha visto incrementada debido al consumo digital, y por consiguiente presentan unas pérdidas del 15%.

La estimación de pérdidas en el caso de Archivos y bibliotecas es del 0% para que las variaciones que presentan son debido a los efectos de que no se contabilizan en el estudio (no cuentan con facturación de explotación).” (p. 17)

Como puede apreciarse, el subsector más fuertemente golpeado es el de las artes escénicas y musicales que, como decíamos, es el más dependiente de la actividad presencial.  Como contrapartida, es el subsector que menor peso tiene dentro del global de todos los sectores (si excluimos museos y bibliotecas que representan, un 3%). En el otro lado, los subsectores audiovisual y diseño y fotografía, con dos tercios de peso total en el global de la facturación cultural, tienen pérdidas más moderadas (12 o 15%). Entonces, la pregunta que asalta inmediatamente al lector, es  ¿cómo se llega a la cifra simplificada que encabeza el conjunto del informe según la cual, las industrias culturales habrían sufrido pérdidas por valor de un 70% de la facturación?

Efectivamente, la etiqueta que acompaña al estudio, resalta un 70% de pérdidas pero ello solo es aplicable al subsector con menos peso en el global. En cambio, los sectores del videojuego y la música en streaming, de consumo eminentemente online, aumentan un 11% de sus ingresos el 2020.  Lo destacable sería pues, para no distorsionar el mensaje, un 24% de pérdidas medias y la debilidad intrínseca de las manifestaciones culturales en vivo.

Las cifras globales de la cultura no se alejan de la tendencia general. Así, según recogen los periódicos salmón, en la hostelería se han cerrado 100.000 establecimientos, perdido 300.000 empleos y dejado de ingresar 70.000 millones de euros. Otros 63.000 negocios y 12.000 millones se han quedado por el camino en el comercio. El turismo ha hecho un viaje en el tiempo y ha retrocedido a 1969. Ese año aterrizaron en España los mismos turistas que en 2020, 19 millones de visitantes extranjeros. Un 77,3% menos en número de visitantes y 72.000 millones de euros menos en facturación que en 2019. La automoción arroja una disminución de cerca del 33% de su facturación.  En cambio, las compañías de delivery, comida a domicilio y plataformas de consumo han aumentado significativamente su facturación.

Todo ello es, grosso modo, concordante con las cifras que ofrece el Banco de España.(https://www.bde.es/f/webbde/GAP/Secciones/SalaPrensa/IntervencionesPublicas/Gobernador/hdc010720.pdf).

Lo que puede ser realmente interesante del informe no es tanto su dimensión cuantitativa sino la cualitativa: la cultura se ha visto obligada, para su propia supervivencia,  a reconvertir los formatos en vivo en formatos digitales. Sin embargo, muchos “operadores” consideran que la conversión al canal digital, con la excepción del audiovisual, no compensa la inversión económica necesaria. Según detalla en informe, los gestores consultados pronostican un futuro híbrido con más opciones y canales en el cual el digital es un complemento y no un sustituto de la oferta presencial.

Junto con el Informe CONCA, el mismo día se hace público una acción del Ayuntamiento de Barcelona y el ICUB: “Fem Cultura”. Se trata de un plan trienal (2021-2023) que comprende un conjunto de acciones. Lamentablemente, el documento completo no está disponible para consulta general.

Las 9 misiones del Plan “Fem Cultura” son, según se ha difundido:

1. Cultura en los barrios y acción comunitaria: derecho a las prácticas culturales y las nuevas centralidades. Misión: fortalecer la cohesión social a través del reconocimiento del derecho a las prácticas culturales y el impulso de la acción comunitaria en los barrios de Barcelona.

2. Cultura de base y sectores culturales: derecho a la creación, la experimentación, la investigación y la producción cultural. Misión: impulsar el derecho a la creación ya la producción cultural en unas condiciones de dignidad sociolaboral para las personas trabajadoras de la cultura, tratando de mitigar la precariedad estructural, dando apoyo a los procesos de creación, impulsando nuevas vías de relación entre agentes y garantizando el acceso a un abanico más amplio de ciudadanía.

3. Culturas populares: derecho a las prácticas populares y tradicionales como espacios de participación y cohesión social. Misión: fortalecer y consolidar el derecho a las prácticas culturales populares y tradicionales, e incorporar nuevos vectores que fomenten la diversidad, la interculturalidad, la participación ciudadana y la innovación.

4. Cultura y educación: derecho a la participación cultural y la educación práctica y artística a lo largo de la vida. Misión: avanzar en el derecho a las prácticas culturales y la educación artística a lo largo de la vida de la ciudadanía a través de la creación de una política pública transversal entre los ámbitos cultural y educativo.

5. Cultura feminista: derecho a una cultura diversa y equitativa. Misión: incluir la perspectiva de género en las políticas culturales de Barcelona; avanzar en el derecho a la participación equitativa y la representación diversa de identidades culturales desde la perspectiva feminista, aplicando la perspectiva de género en todos los ámbitos de las políticas culturales de la ciudad.

6. Cultura y espacio público: derecho al acceso y la participación cultural en la calle. Misión: impulsar acciones sostenibles para garantizar el derecho a la ciudad; impulsar el espacio público como uno de los escenarios principales de la vida cultural de la ciudad, garantizando el derecho a la ciudad y la participación cultural de forma sostenible.

7. Cultura y derechos digitales: instrumentos y políticas para el acceso al conocimiento, la transparencia y la innovación digital. Misión: impulsar los derechos digitales a partir de los usos de las nuevas tecnologías como ámbito fundamental para garantizar el derecho a la participación, la transparencia y el acceso a contenidos culturales.

8. Museos de ciudad: innovación, educación y derecho a participar en el patrimonio cultural de Barcelona. Misión: reforzar los grandes equipamientos museísticos y patrimoniales de la ciudad como espacios de referencia en la articulación y la promoción del conjunto de derechos culturales, e impulsar, en sus estrategias, nuevas dinámicas en el entorno del acceso, la creación, la acción comunitaria y los vínculos territoriales.

9. Bibliotecas de Barcelona (Plan director 2030). Derecho a la lectura, acceso a la información y al conocimiento y fomento de nuevas prácticas creativas. Misión: impulsar el derecho a la lectura, al conocimiento, al acceso a la información y el uso de tecnologías a través la red de Bibliotecas de Barcelona como espacios fundamentales en la promoción de la cohesión social y del desarrollo de las personas en igualdad de oportunidades desde el ejercicio de los derechos culturales.

En lo más concreto, destacan algunas acciones: la implementación de la sexta hora escolar para actividades artísticas; la gratuidad de los museos para la visita de las colecciones permanentes; el refuerzo de programas ya existentes que encarnen la filosofía del plan al 100%, como el “Barcelona Distrito Cultural”, “En Residencia”, el “Programa de acción lectora de bibliotecas”, o las residencias artísticas y científicas; el impulso de nuevas iniciativas que den protagonismo a los creadores y creadoras, como la Bienal Manifesta o el nuevo programa de becas; la creación de la Casa de la Música; el impulso de la moneda cultural REC, para participar en las actividades culturales de la ciudad, y el programa compra de locales en los bajos de los edificios de Protección Oficial para usos culturales.

Lo verdaderamente relevante del Plan (para los muy escépticos, otro Plan…) es el planteamiento de fondo del asunto: situar los derechos culturales en un plano de igualdad con otros derechos fundamentales, en cuanto a su protección y exigibilidad. De este modo, el mandato constitucional de acceso a la cultura, la  participación y el derecho a contribuir a la vida cultural de la ciudad se eleva de rango. El Plan considera de este modo que la defensa de los derechos culturales está indisolublemente ligada con el resto de los derechos humanos: civiles, políticos, sociales, económicos y ambientales.

Según se indica, de forma meridianamente clara: “El plan busca abrir camino hacia un reconocimiento formal de los derechos culturales a escala internacional desde la práctica municipalista, con voluntad de crear discurso y fomentar la aparición de iniciativas similares. La impulsa la 6ª Tenencia de Alcaldía y el Instituto de Cultura de Barcelona (ICUB), pero entidades, equipamientos y tejido cultural y creativo de la ciudad serán actores clave en el diseño e impulso de las acciones a desarrollar, junto con las diferentes áreas y programas municipales.” La dotación presupuestaria para el plan “Fem Cultura” asciende a 68,7 M/E.

Podemos destacar como el ambicioso planteamiento de fondo no va acompañado de un esfuerzo dotacional a su altura.  Si se obvia esta insuficiencia, puede valorarse el Plan como un cambio fundamental en la concepción de las políticas culturales.  Como hemos tenido ocasión de estudiar en otros contextos, el papel tradicional del Estado con respecto a la Cultura, “no consiste en dirigir, controlar o crear la Cultura, sino en mejorar los niveles de educación, garantizar el acceso de todos a la cultura y a la libertad de creación cultural, conservar el patrimonio cultural y natural, fomentar y promover el interés y gusto por todas las actividades del espíritu, extendiendo el grado de conocimiento de todas las personas en los campos de la cultura, el arte y la ciencia”.  Todo ello se refleja en el artículo 44.1. CE que se expresa en los siguientes términos:

“Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho”

Existe pues un claro mandato a los poderes públicos de generalización de la cultura y éstos deben desarrollar los instrumentos necesarios para permitir la plena igualdad entre los ciudadanos con respecto al acceso de la misma. (…)

La Cultura no sería, en realidad, un derecho subjetivo sino algo similar a un pre-requisito de todo el arco de bóveda de la sociedad. En este sentido, la cultura no sería una pretensión jurídica ejercitable ante un tribunal sino una condición indispensable del funcionamiento de la sociedad misma.  Hay que reparar como la redacción constitucional garantiza el acceso a la cultura y no la Cultura misma. De este modo, se revelan los temores a que el derecho a la cultura se convierta en una demanda social de prestaciones positivas y concretas. La generación cultural no sería pues una responsabilidad exigible jurídicamente sino que la cultura existe autónomamente y los poderes públicos lo único que hacen es generalizar su acceso y difusión, así como promover su desarrollo.” (PADROS REIG, C. Derecho y Cultura. Prontuario Elemental para Estudiantes de Humanidades Editorial Atelier, Barcelona, 2000).

Esta concepción dogmático-constitucional (Cultura como pretensión no jurídica y, por tanto, Cultura no incluida dentro de los derechos subjetivos dignos de protección reforzada) puede chocar con el resultado de la conferencia de la UNESCO que ya en 1970 planteaba la existencia de la cultura como un derecho del hombre tanto individual como colectivamente considerado.  Esta sería ahora la concepción que abraza el Ayuntamiento de Barcelona, de un modo avanzado  e internacionalista.  Según ello, los Estados tienen la obligación de adoptar las medidas necesarias para la conservación, el desarrollo y la difusión de la cultura.

Cuando la cultura se genera de forma espontánea, la actividad del Estado debe ser puramente negativa es decir, el respeto al derecho a la cultura impone la no interferencia del Estado respecto a este proceso íntimo y libre de desarrollo cultural. Sin embargo, cuando la cultura no se genera espontáneamente o se hace de forma insuficiente (como siempre será el caso), el Estado debe asumir un papel de promoción y tutela de ese derecho substantivo a la cultura. En este caso sí se trata de una actividad positiva de prestación, ya sea directa o indirecta. En uno y otro caso, el Estado debe garantizar las condiciones que permitan el acceso libre e igual a la Cultura por parte de todos los ciudadanos, pero no solo ello (acceso) sino también las manifestaciones culturales mismas (derecho).

En definitiva, según el nuevo Plan “Fem Cultura” articula el acceso de la cultura (art. 44 CE) a través de la organización y puesta en funcionamiento de servicios culturales cuya prestación se erige propiamente en el contenido del derecho a la Cultura. Se pasa por tanto de mandato constitucional de mero acceso a derecho prestacional.  Y ello implica un avance radical.