Carlos Padrós Reig

Catedrático (Ac.) de Derecho administrativo

16 enero 2023

En otra ocasión (entrada de este blog titulada “El colaboracionismo del régimen de Vichy y la responsabilidad actual de la República francesa en el expolio de bienes artísticos de propietarios judíos.”  de 4 de noviembre de 2022) hemos podido analizar la avanzada legislación francesa que aborda la cuestión de la restitución o compensación por la sustracción de obras de arte contra la voluntad de sus propietarios en el período de dominación nazi y la Segunda Guerra Mundial.

De forma parecida, también pueden apreciarse ciertos cambios en la siempre espinosa cuestión de la devolución entre Estados soberanos. Así, en diciembre de 2022 el Vaticano restituyó a la República de Grecia tres esculturas que integraban el Partenón. El Partenón se construyó entre el 447 y el 432 a.C., en plena edad de oro de la cultura helénica, por mandato del influyente Pericles y se le considera la obra cumbre de la arquitectura clásica. El friso representaba una procesión en honor a Atenea. La devolución incluye tres esculturas de Fidias que son los restos de un friso de unos 160 metros de largo que rodeaba el muro exterior del Partenón, un templo dedicado a Atenea, la diosa de la sabiduría. Una de las piezas, la cabeza de caballo, procede del frontón occidental del edificio, en el que se representó la lucha mitológica por el dominio de la región griega de Ática entre la diosa de la sabiduría, Atenea y el dios de los océanos, Poseidón. En concreto, el animal formaba parte de la figura de la cuadriga de la diosa guerrera y protectora de la ciudad. (cfr. https://elpais.com/cultura/2022-12-16/el-papa-devuelve-a-grecia-los-marmoles-del-partenon-que-conserva-en-los-museos-vaticanos.html).  

En similar sentido podemos referir la noticia de las negociaciones entre el gobierno británico y el heleno referentes a la devolución de algunas partes de los frisos del Partenón. (cfr. https://www.bbc.com/mundo/noticias-59340568 así como https://www.rtve.es/noticias/20221203/museo-britanico-negocia-grecia-repatriacion-marmoles-del-partenon/2410849.shtml ).

Es España, destaca el caso del naviero Ramón de la Sota y Llano (Castro Urdiales, 1857-Getxo, 1936), miembro del PNV y una de las mayores fortunas de su época, murió poco después de iniciada la Guerra Civil. Su hijo Ramón de la Sota y Aburto se exilió en 1937 a la localidad francesa de Biarritz, donde falleció en 1978. La familia era propietaria de los cuadros “Retrato de un caballero”, atribuido a Frans Pourbus el Joven (1569-1622), y “Retrato de la reina María Cristina de Borbón”, de Vicente López Portaña (1772-1850), que formaban parte de su colección privada.

Las obras fueron requisadas por el ejército franquista y hace unos años, el tataranieto Ramón de la Sota Chalbaud reconoció las dos obras en un catálogo sobre la colección de Paradores Nacionales y descubrió que lucían en las paredes del Parador de Almagro. Se inició así un proceso de reclamación de su restitución que, después del informe favorable de la Abogacía General del Estado, ahora han sido devueltas a los herederos. Las obras pueden verse en la actualidad en el Museo de Bellas Artes de Bilbao.

Si exceptuamos ese caso, la cuestión en nuestro país se encuentra falta de abordaje.  Un primer paso consiste en acreditar qué obras fueron expoliadas y donde se encuentran en la actualidad. Para ello, la investigación de los archivos del MNP resulta crucial.  En él se constata la existencia de 62 obras de una doble procedencia:

  • Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio artístico nacional. Fue creada por Decreto de 22 de abril de 1938 por el régimen franquista y su finalidad oficial era proteger las obras de arte que se encontraban en el frente. Sin embargo, terminada la guerra, no todas las obras se restituyeron, ya fuera porque los dueños habían fallecido o porque no se atrevieron a reclamar. Constan en los depósitos del museo hasta 25 obras de esta procedencia que el Informe detalla con su correspondiente inventario.
  • Junta de Incautación y Protección del Patrimonio Artístico. También conocida como Junta Central del Tesoro Artístico.  Fue creada en agosto de 1938 con similar finalidad a la anterior pero por parte del gobierno republicano. Se trataba de custodiar y proteger en nombre del Estado aquellas obras de interés histórico o artístico que presentaran peligro de pérdida o deterioro. El Informe ofrece también una relación de hasta 37 piezas (algunas muy deterioradas).

El Informe revela, pues, la procedencia potencialmente ilegítima de 62 de las obras. Y como se indica, ello ha de servir para dar a conocer la documentación que consta en los archivos del museo (principio de transparencia y accesibilidad de la información), pero también para eventualmente, “la devolución de estas obras de arte a sus propietarios (…) afectados por las incautaciones”.

Es sin duda, un primer paso en un proceso largo y complejo, tanto por lo inédito como por la trazabilidad de los derechos de los causahabientes.