El pasado viernes 5 de abril de 2024 tuvo lugar el quincuagésimo cuarto seminario de la Competition Law Scholars Forum (CLaSF) en la Universidad de Málaga, cuyo objeto fue la promoción de la equidad, la accesibilidad y la sostenibilidad en los mercados digitales y tecnológicos a través del Derecho de la competencia. Se compuso de once intervenciones que se estructuraron en cinco secciones. Empezó con la presentación de la CLaSF y del seminario por parte de los profesores Barry Rodger (University of Strathclyde) y Eugenio Olmedo (Universidad de Málaga).

El primer panel puso en relación el Derecho de la competencia y el interés público y estuvo moderado por Barry Rodger. Las ponentes fueron María Campo Comba (Erasmus University) y Daria Kotova (BRICS Competition Law and Policy Centre). La primera disertó sobre el concepto de “lealtad” y su potencial para proteger los intereses públicos en el Derecho europeo de la competencia. Empezó desarrollando el referido concepto, a continuación expuso cuales eran los tres principales retos del interés público en el Derecho europeo de la competencia (sostenibilidad, digitalización e igualdad) y analizó el papel de la lealtad para afrontarlos. Daria Kotova puso en relación la sostenibilidad y el Derecho de la competencia. Tras explicar los problemas que generan los Objetivos de Desarrollo Sostenible en el Derecho de la Unión Europea, centró su intervención en las carencias de las normas de la competencia para alcanzar la sostenibilidad y presentó una propuesta para superarlas.

La lealtad continuó siendo protagonista en el segundo panel, sólo que esta vez vinculada al Reglamento de los Mercados Digitales. Bajo la dirección de la profesora Viktoria Robertson (Vienna University of Business and Economics), intervinieron Pablo Solano Díaz (Universidad Autónoma de Madrid) y Oles Andriychuk (Newcastle University). Aquél examinó si la disputabilidad y la lealtad constituyen objetivos del Derecho europeo de la competencia, poniendo así en relación los artículos 101 y, sobre todo, 102 del TFUE con el Reglamento 2022/1925, pues la finalidad de la última norma es precisamente conseguir que exista competencia en los mercados digitales y que los guardianes de acceso se comporten lealmente. Sin solución de continuidad, tanto en el tiempo como en el contenido de su ponencia, el profesor Andriychuk disertó sobre cómo interpretar la disputabilidad y la lealtad, poniendo en relación el Reglamento de los Mercados Digitales con el proyecto de Ley sobre Mercados Digitales, Competencia y Consumidores del Reino Unido.

Tras el merecido almuerzo, el profesor Francisco Marcos (IE University Madrid) moderó la sección titulada: “Mercados ecológicos y digitales: retos y estrategias”. La primera ponencia corrió a cargo de Georgia Theodorakopoulou (College of Europe) y versó sobre el soft law. Explicó su naturaleza y su contribución -tanto positiva como negativa- a la seguridad jurídica, comentó su legitimación democrática y analizó su papel en el Derecho europeo de la competencia, sobre todo en relación con los artículos 101 y 102 del TFUE, así como en épocas de crisis. A continuación, la profesora Victoria Robertson disertó sobre la prospectiva estratégica como impulsora del Derecho de la competencia; es decir, la importancia de que las autoridades de la competencia planifiquen su política para conseguir que reine la competencia en el mercado; sobre todo, en vistas de la transición digital y ecológica que tiene lugar en la Unión Europea. Tras introducir este último elemento -la transición dual-, expuso qué debe entenderse por “prospectiva estratégica” y apuntó que la Comisión está empezando a adoptarla. A continuación, explicó cómo se ha empezado a utilizar una intervención estratégica en diversos ámbitos -por ejemplo, en el control de las concentraciones- y expuso cuales son los retos principales. Concluyó con las perspectivas de futuro.

La última mesa de la mañana estuvo presidida por Rita Leandro Vasconcelos (Pérez-Llorca). La primera intervención corrió a cargo de Sara Guidi (EUI Florence) quien puso en relación la discapacidad, la digitalización y la competencia. Tras definir aquélla y explicar cómo la digitalización puede ayudar a superar los problemas que genera, explicó los tres niveles de competencia que existen en los ecosistemas digitales respecto de las aplicaciones informáticas. A continuación, Fátima Gigirey (Universidad de Sevilla) disertó sobre los problemas jurídicos y económicos que la delimitación del mercado relevante genera en los ecosistemas digitales. Primero explicó en qué consisten estos últimos; a continuación, expuso las dinámicas a que se ven expuestos y por último analizó cómo se delimitan los mercados relevantes en ellas, presentando las alternativas existentes.

El profesor Angus MacCulloch (Lancaster University) presidió el último panel, titulado “Mercados digitales: remedios y aplicación”, en el que participaron Linus Hoffmann (Strathclyde University), Pieter Van Cleynenbreugel (University of Liege) y Carlos Górriz (Universitat Autònoma de Barcelona). El primero disertó sobre la responsabilidad civil como remedio en materia de competencia, utilizando como ejemplo el caso Meta Platforms contra Bundeskartellamt, que tuve ocasión de comentar aquí. Esencialmente analizó si la compensación de las grandes tecnológicas por el uso de los datos personales de los consumidores resulta adecuada o no en el marco jurídico de la defensa de la competencia. El objeto de la ponencia de Pieter Van Cleynenbreugel fue la utilización de las “sandboxes” en el ámbito de la competencia. Explicó en qué consiste este instrumento originario de los mercados de valores y evaluó si podía ser una herramienta útil para las autoridades de la competencia. A esos efectos, diseccionó los beneficios que su uso entraña, pero también los riesgos correspondientes. Intervine en último lugar comparando tres casos europeos en que Google fue la protagonista (Google Search Shopping, Google Android y Google Search Ad Sense) con el litigio estadounidense que enfrentó a Epic Games contra Apple. La comparación sirvió para conocer los puntos débiles del artículo 102 del TFUE y de la sección 2 de la Sherman Act y así mejorar la interpretación y aplicación del Reglamento de Mercados Digitales.

Para terminar, me gustaría dar la enhorabuena a todos los organizadores, cuyas cabezas visibles son los profesores Rogers y Olmedo, por el alto nivel del seminario, la excelencia en la organización y por su gran predisposición. Y como es de bien nacido ser agradecido, añadir que este evento se enmarca en los Proyectos de Investigación “Marco jurídico para la competencia dinámica en mercados digitales y para la innovación a través de Inteligencia Artificial” (ref. PID2021-122536OB-I00) y “Consumidores y pequeños profesionales en la contratación en Mercados Digitales: prácticas anticompetitivas, desleales y explotación de dependencia económica” (Ref. ProyExcel_00665 (PAIDI 2020)), y que contó con el apoyo del despacho de abogados Pérez-Llorca.

Carlos Górriz López