Se está tramitando en la actualidad un proyecto de Ley General de Navegación Marítima. Se presentó en el Congreso para su debate y posterior aprobación el 16 de diciembre de 2008 y se publicó en el BOCG de 19 de diciembre de 2008 (Serie A, núm. 14-1).

Es una norma trascendental pues modernizará el Derecho marítimo español. Cabe recordar que buena parte del Derecho marítimo se halla regulado en el Código de comercio de 1885, que nació ya obsoleto al recoger las normas de su antecesor de 1829 sin actualizarlas.  

Tiene vocación de plenitud y de uniformidad. Plenitud porque, a lo largo de 535 artículos, regula las principales relaciones jurídicas marítimas, tanto públicas como privadas; civiles, mercantiles y laborales. Ahora bien, prima el carácter mercantil. Así lo atestigua el artículo 2 cuando recurre -si bien en último lugar- a los principios de la legislación mercantil para cubrir las lagunas. La uniforme resulta evidente pues extiende la aplicación de los convenios internacionales a relaciones puramente internas.