La conocida como Decisión sobre el cártel de los camiones parece una fuente inagotable de sentencias, información y trabajo para los juristas relacionados con el Derecho de la competencia. En esta entrada nos hacemos eco del último fallo del Tribunal de Justicia que, a los efectos de la petición de una indemnización de daños y perjuicios, afirma que la Decisión también comprende los camiones de recogida de basura doméstica. Se trata de la STJUE 1.8.2022, Landkreis Northeim v Daimer AG (C-588/20) y en ella responde a una responde a una cuestión prejudicial formulada por el Landgericht Hannover. Tiene su origen en la adquisición de dos camiones de recogida de basura doméstica por el Landkreis Northeim en 2006 y 2007 que, a raíz del citado acto administrativo de la Comisión Europea, decide ejercitar la acción contra Daimler AG en la que pide la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados por la participación de ésta en el cártel. El tribunal competente formula una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia sobre si la Decisión del cártel de los fabricantes de camiones comprende también vehículos especiales.

“Must de decision [at issue] be interpreted as meaning that special-purpose/specialised vehicles, in particular [household] refuse collection trucks, are also covered by the finding of that decision?”

El Tribunal de Justicia responde que el alcance de los productos afectados por la infracción del artículo 101 TFUE depende de los productos (bienes y/o servicios) objeto del acuerdo restrictivo de la competencia; en el caso, los productos afectados por el cártel. En el párrafo 5 de la Decisión referida aparecían concretados en los camiones medios (entre 6 y 16 toneladas) y pesados (más de 16 toneladas), con independencia de que fueran rígidos o cabezas tractoras. Como solo se excluían los militares (nota al pie 5), el Tribunal entiende que la Decisión también afecta a los camiones especiales. Refuerza su interpretación con los párrafos 46, 48 y 56 de la Decisión, según los cuales “…the infringement at issue in the main proceedings concerned all special and standard equipment and models and all factory-fitted options offered by the respective manufacturers which have participated in the cartel in the main proceedings.” Igualmente, quita importancia a la petición de información de la Comisión a efectos de la fijación del importe de la sanción que impuso a las empresas que participaron en el cártel.

A la luz de estos razonamientos, el Tribunal de Justicia concluye que los camiones especiales, entre los que se incluyen los de recogida de basura doméstica, quedan incluidos dentro de los productos cubiertos por la Decisión sobre el cártel de los camiones.