El 21 de diciembre pasado se publicó la esperada sentencia sobre el caso Superliga. El Tribunal de Justicia no decepcionó pues, distanciándose de las Conclusiones del Abogado General Athanasios Rantos, dio la razón a la European Superleague Company, SL. O al menos esa es la impresión que la mayoría tenemos, pues afirmó que los estatutos de la UEFA y de la FIFA parecen contrarios a los arts. 56, 101.1 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por lo tanto, estos entes no podrán prohibir la organización de una nueva competición internacional de fútbol internacional ni la participación de clubs y jugadores de la UEFA en ella mientras no modifiquen sus normas fundamentales.

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Sin embargo, también es verdad que la institución judicial europea subrayó que la decisión sobre el fondo del litigio corresponde al Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, que podrá fallar que la FIFA y la UEFA no han abusado de su posición de dominio y que sus estatutos son conformes con el Derecho comunitario si sus conductas están justificadas, si generan eficiencias que neutralizan los efectos perniciosos o reúnen los cuatro requisitos previstos en el apartado 3.º del artículo 101 del TFUE. Quizás por eso, en una entrevista publicada en The Guardian, Aleksander Ceferin, actual presidente de la UEFA, afirma que la resolución de la máxima instancia judicial europea les favorece más a ellos que a A22 Sports Management, SL. Para los que quieran saber un poco más sobre la sentencia, aquí tienen el enlace a una nota que acabo de publicar en el Número 1, Volumen 3, de Quaderns IEE: Revista de l’Institut d’Estudis Europeus, 2024, págs. 88 a 109.