El Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Bilbao ha declarado el concurso de un grupo de sociedades en un auto de 4.5.2009. En primer lugar, declara que tiene competencia objetiva para conocer del concurso de tres sociedades, dos de nacionalidad española, con domicilio social en el territorio de Bizkaia, y una húngara. Pero el juzgado subraya que el proyecto para constituir la sociedad húngara no se ha concretado y la planta industrial que se iba a trasladar a Hungría continua en Mungia, pertenece a una de las dos sociedades españolas y está administrada por éstos.
En cuanto a la declaración de concurso de un grupo de sociedades, el art. 3.5 LC permite al acreedor instar el concurso de un grupo de varias personas que forman parte del mismo grupo, con identidad sustancial de sus miembros y unidad en la toma de decisiones. El art. 10.4 lo confirma. En el caso, las tres sociedades pertenecen al 100% a Metales Sintetizados SL
El juez dicta auto de concurso pero abreviado en virtud del art. 190.1 LC, tras la reforma del RDL 3/2009, de 27 de marzo. Por lo tanto, establece que se reducen los plazos a la mitad aunque considera más apropiado optar por la administración concursal colegiada dado que es un concurso de un grupo de sociedades.