A finales de junio y principios de julio se han publicado dos normas importantes de Derecho mercantil cuya última ratio es el Derecho comunitario. La primera es la Ley 16/2011, de 24 de junio, de Crédito al Consumo (BOE, núm. 151, de 25 de junio de 2011). Trae causa de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo. La norma europea se aprobó con el fin de adaptar la regulación del crédito al consumo a la evolución de las técnicas financieras y elevar el nivel de protección del consumidor incrementando la transparencia del mercado. Derogó la anterior Directiva 87/102/CEE del Consejo, que transponía la Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo. Fruto de esta situación, el legislador español ha procedido a aprobar una nueva ley que transpone la nueva Directiva y deroga la regulación anterior en la materia. No obstante, en la Exposición de Motivos se advierte que se ha optado por conservar las disposiciones nacionales que ofrecen una protección superior a las comunitarias.
La segunda novedad es el Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio (BOE, núm. 157, de 2 de julio de 2011). Trae causa de la Disposición Final 2.ª de la Ley 12/2010, de 30 de junio, por la que se modifica la Ley 19/1988, de 12 de julio, de Auditoría de Cuentas, la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de valores y el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas. Instaba al Gobierno para elaborar un Texto Refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas “incluyendo la presente delegación legislativa la facultad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que han de refundirse”; no obstante, no identificaba las normas a refundir. La necesidad de elaborar un texto refundido derivaba de la inseguridad jurídica que provocaban las múltiples modificaciones sufridas por el texto original de la Ley 19/1988. La última respondía a la Ley 12/2010, obligada para el legislador español porque debía de transponer la directiva 2006/43/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de mayo de 2006, relativa a la auditoría legal de las cuentas anuales y de las cuentas consolidadas. Pero además, se había aprovechado la ocasión para introducir otras “mejoras”.