En la sentencia de 13 de septiembre de 2018 (C-287/17), Česká pojišťovna a.s. y WCZ, spol. s r. o., el TJUE responde a una cuestión prejudicial sobre el alcance de la compensación de los costes de recobro en caso de morosidad. Tiene su origen en un contrato de seguro concertado entre dos sociedades checas. Ante el retraso en el pago de las primas, la aseguradora envió diversos requerimientos a su contraparte exigiéndole que cumpliera su obligación. En la demanda consecuente, solicitó, entre otros extremos, el pago de la compensación de cuarenta euros prevista en el artículo 6.1 de la Directiva 2011/7/UE y, además, la indemnización de los costes del recobro, generados esencialmente por los requerimientos de pago. El órgano judicial que conocía del caso se dirigió a la institución judicial europea preguntándole si el art. 6 de la citada norma permite al acreedor exigir sólo el pago de la cantidad fija en concepto de costes de recobró o, adicionalmente, otra compensación mayor.
El apartado 3.º del artículo 6 parece claro: “Además de la cantidad fija establecida en el apartado 1, el acreedor tendrá derecho a obtener del deudor una compensación razonable por todos los demás costes de cobro que superen la cantidad fija y que haya sufrido a causa de la morosidad de este. Esta podría incluir, entre otros, los gastos que el acreedor haya debido sufragar para la contratación de un abogado o una agencia de gestión de cobro”. Sin embargo, la contraposición entre las diversas versiones oficiales del precepto y el considerando 19 de la Directiva generan dudas.
El Tribunal de Justicia se posiciona a favor de la segunda posibilidad. Afirma que el acreedor tiene derecho a la compensación preestablecida de cuarenta euros y, además, la indemnización razonable de todos los costes de recobro en que haya incurrido. Esencialmente esgrime tres argumentos. El primero es el tenor literal del precepto analizado: no ciñe la compensación de los costes de recobro a la suma de cuarenta euros. El segundo es el objetivo de la norma: proteger a los acreedores de la morosidad. “Tal protección implica que se ofrezca a los acreedores una compensación lo más completa posible por los costes de cobro en que hayan incurrido, de manera que se desaliente la morosidad”. El tercer y último argumento es la comparación entre la Directiva 2000/35, cuyo artículo 3.1.e) de la primera atribuía al acreedor el derecho a una indemnización razonable por todos los costes de cobro que había sufrido debido a la morosidad, y la actualmente vigente, que la sustituye. La autoridad judicial europea considera que la Directiva 2011/7 no ha querido disminuir la tutela que otorgaba su antecesora a los acreedores respecto de la compensación de los costes de recobro. Consecuentemente, defiende una interpretación amplia del artículo 6 de la Directiva 2011/7, de modo que el acreedor tiene derecho a cobrar una suma fija de cuarenta euros y, además, un resarcimiento razonable por los gastos de cobro en que haya incurrido.
Hay dos extremos más que merecen reseñarse en relación con la exégesis del Derecho derivado europeo. De un lado, la trascendencia de las exposiciones de motivos. Afirma que carecen de fuerza vinculante y no puede ser utilizadas ni para introducir excepciones a las disposiciones de la norma ni para interpretarlas de forma manifiestamente contraria a su tenor literal. Recuerda que defendió esa hermenéutica en la sentencia de 19 de junio de 2014 (C-345/13), Karen Millen Fashions (apartados 31 ss.). El otro tema relevante es la discrepancia entre las versiones oficiales de una misma norma. El TJUE afirma que no puede representar el único fundamento de la exégesis de una disposición. Y que tampoco debe atribuirse carácter prioritario a una versión frente a las demás.
Así las cosas, concluye con una interpretación amplia del artículo 6 de la Directiva 2011/7 que permite al acreedor obtener una compensación razonable de los gastos de cobro que le haya ocasionado la morosidad de su deudor.
“Resulta de las anteriores consideraciones que procede responder a la cuestión prejudicial planteada que el artículo 6 de la Directiva 2011/7 debe interpretarse en el sentido de que reconoce al acreedor que reclama una compensación por los gastos resultantes de los requerimientos enviados al deudor a causa de la morosidad de este último el derecho a obtener, en tal concepto, además de la cantidad fija de 40 euros establecida en el apartado 1 de dicho artículo, una compensación razonable en el sentido del apartado 3 del mismo artículo, en concepto de la parte de dichos gastos que supere esa cantidad fija.”