OBLIGACIÓN DE DILIGENCIA DEL BANCO EN UN CONTRATO DE GESTIÓN DISCRECIONAL DE CARTERA DE INVERSIÓN

El contrato de gestión discrecional de cartera de inversión es el objeto de la STS de 18.04.2013 (Id Cendoj 28079119912013100012). Esta decisión entronca con la de 17.04.2013, de la que dimos noticia en otra entrada. Si en aquel caso los instrumentos adquiridos pertenecían al fondo Fairfield/Madoff, en éste se trata de preferentes de Lehman Brothers […]