El pasado 31 de octubre de 2008 se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías (121/000011). Su importancia reside en que modernizará la regulación de este contrato, derogando los arts. 349 ss. del Código de comercio y las disposiciones de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres que rigen el contrato de transporte. Sin embargo, no contempla el contrato de transporte de viajeros, tan necesitado de regulación en nuestro ordenamiento, y que el Anteproyecto de Ley sí disciplinaba. Sus fuentes de inspiración son el Convenio relativo al contrato de transporte internacional de mercancías por carretera de 1956 (Convenio CMR) y las Reglas uniformes relativas al contrato de transporte internacional por ferrocarril de mercancías (Reglas CIM), del Convenio relativo a los Transportes Internacionales por ferrocarril, cuya última versión data de 3 de junio de 1999 (Protocolo de Vilnia), además del Código de comercio alemán. Entre las novedades destaca la regulación del contrato de transporte continuado, la declaración de aplicación a la prestación de transporte de un contrato de logística, la posibilidad de emitir la carta de porte electrónicamente, una regulación detallada del contenido del contrato así como la disciplina del transporte multimodal y de la mudanza.